Inter-regional
Expert Meeting on International Norms and Standards Relating to Disabilities: Issues
relating to a Comprehensive and Integral International Convention on the Rights of Persons
with Disabilities |
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Home : Online Activities : WelcomeEl PROCESO DE ELABORAR LA CONVENCIONEn 1981 fue el Año Internacional de los Impedidos y el resultado mas importante, fue el Programa de Acción Mundial para los Impedidos aprobado el 3 de Diciembre de 1981 por la Asamblea General en su Resolución 37/52. En 1987, a la mitad del decenio del Año Internacional de los Impedidos, se celebré en Estocolmo la Reunión Mundial de Expertos, para examinar la marcha de la ejecución del Programa de Acción Mundial para los Impedidos. El resultado de la reunión recomendá a la Asamblea General que convocara a una Asamblea Especial a fin de redactar una Conferencia Especial, con el propósito de redactar una Convención Internacional sobre la discriminación contra las personas con discapacidad para que rectificasen los Estados al finalizar el decenio. Italia y Suecia prepararon el primero y el segundo borrador para las sesiones de la Asamblea General en su Cuadragésimo Segundo Periodo y Cuadragésimo Cuarto Periodo de Sesiones; sin embargo en ninguna de esas ocasiones se pudo llegar a un consenso de tal Convención. La razón que dieron muchos representantes fue que los Documentos sobre Derechos Humanos ya existentes parecan garantizar a las personas con discapacidad, los mismos derechos que los demás. En su Resolución 1990/26 del 24 de Mayo de 1999 el Consejo Económico y Social autorizó a la Comisión del Desarrollo Social que examinara en su 32 periodo de sesiones la posibilidad de establecer un grupo Especial de Trabajo de Expertos Gubernamentales de composició abierta, para que elaborara Normas Uniformes sobre la igualdad de oportunidades para los niños, jóvenes y adultos con discapacidad en colaboración con los Organismos Especializados de las Naciones Unidas, otras Entidades Inter-Gubernamentales y ONG(s); especialmente aquellas organizaciones de personas con discapacidad. El Consejo también pidió a la Comisión que finalizase el texto de esas normas para examinarlas en 1993, y presentarlas en la Asamblea General en su Cuadragésimo Octavo Periodo de sesión. La aprobación fue el 20 de Febrero de 1991, de la Resolución 32/2, en la que se decidió establecer un Grupo Especial de Trabajo de composicón abierta en conformidad del Consejo Económico y Social. En 1993 las Normas Uniformes fueron adoptadas por la Asamblea General, Se eligió un Relator Especial asesorado por un grupo de expertos de ONG de organizaciones internacionales de personas con discapacidades. Entre 1993 y el 2002 el Relator Especial abogó para implementar las Normas Uniformes, pero no se logró tener un éxito completo por la simple razón de que las Normas Uniformes son un instrumento normativo, pero legalmente no son obligatorias Al no poder implementar las Normas Uniformes en una forma satisfactoria, las organizaciones de personas con discapacidades hicieron un gran esfuerzo de reiniciar el proceso de negociar una convención y algunos Estados Miembros los apoyaron. Gracias a la iniciativa del gobierno México, el Presidente Vicente Fox, quien introdujo la propuesta a la Asamblea General en el 2001, es como as se inicio el proceso de la elaboración de la convención. El primer paso, en junio en la ciudad de Mxico se celebró la primera reunión Inter-regional del grupo de expertos. Una base para el Comité Especial fue la reunión Inter-regional del grupo de expertos para la elaboración de una convención amplia e integral para promover y proteger los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad entre el 11 y 14 de Junio del 2002; fue organizada por el Gobierno de México y con el apoyo del Departamento para Asuntos Económicos y Sociales de las Naciones Unidas y por la Oficina Regional en México de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL). La reunión Inter-regional del grupo de expertos se realizó conforme con con la resolución 56/168 de la Asamblea de las Naciones Unidas en la cual se establece el Comité Especial, el cual deberá considerar propuestas para una Convención amplia e integral para promover y proteger los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad, basada en el trabajo elaborado en los campos de Derechos Humanos y Desarrollo Social. En la reunión de expertos se discutieron asuntos relacionados con los derechos y dignidad de las personas con discapacidad, incluyendo sus objetivos, definiciones, como preocupaciones especificas de las personas con discapacidad, en el ámbito de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales, Civiles, Polticos y medidas para su aplicación. También los expertos, buscaron opciones para el seguimiento de esta reunión y presentaron recomendaciones del Comité Especial(ADHOC) el cual se llevara a cabo el 29/07/02 al 9/08/02 en la sede de las Naciones Unidas en Nueva York. El Secretario General de las Naciones Unidas le envía una nota verbal a los Representantes Permanentes de las Naciones Unidas en las que se refiere a la Resolución de la Asamblea General resolución 56/168 del 19/12 2001 para la elaboración de una Convención Amplia e Integral para Promover y Proteger los Derechos y la Dignidad de las Personas con Discapacidad e invita a los 180 Estados miembros. El Comité Especial deberá elegir un Bureau que consta de un Presidente, (3) Vicepresidentes y un reportero, estos oficiales deberán ser elegidos a base de la distribución geográfica. De acuerdo al Párrafo Operativo 3 de la Resolución 56/168 se Invita a los Estados, los órganos y organizaciones competentes del sistema de las Naciones Unidas, incluidos los órganos competentes creados en virtud de tratados de derechos humanos, a las comisiones regionales, al Relator Especial sobre discapacidad de la Comisión de Desarrollo Social y a las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales interesadas en la materia a que aporten su contribución a la labor encomendada al Comité Especial de conformidad con la práctica de las Naciones Unidas. Una practica de la Asamblea General bajo cuya autoridad se organiza el Comité Especial es no permitir la participación activa de las ONG. Por este motivo, la Asamblea deberá tomar una decisión especial en este asunto. La participación de las ONG especialmente aquellas Organizaciones de personas con discapacidad, es crucial para la elaboración de esta Convención, ya que ellos son los expertos en la discapacidad y su participación, le dara credibilidad y resultados positivos a esta Convención. La importancia de la primera reunión del Comité Especial es que se determinara a través de sus discusiones y cualquier texto que se adopte, los parámetros de los cuales la Convención se desarrollara. Esto significa tales cosas como la estructura de la Convención, quienes serian sus beneficiaros y cual seria el acercamiento general que se tomara para definir las obligaciones de los Estados parte. |
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